Leemos en Las Provincias que un Juzgado de lo Social de Valencia ha emitido una sentencia que reconoce que la baja por trastorno ansioso-depresivo de una policía local es un accidente de trabajo, que se deriva del ambiente de conflictividad laboral que sufre. Según la resolución concurren “bastantes elementos para considerar que el proceso de incapacidad temporal por estado de ansiedad trae causa exclusiva del conflicto laboral existente”. Además, “la baja se emitió por estado de ansiedad, con cuadro ansioso-depresivo, señalando la afectada como causa única durante todo el proceso la problemática laboral y, concretamente, un conflicto con su jefe, el seguimiento de un expediente y la apertura de un expediente disciplinario por falta grave”. Asimismo, la sentencia considera que “queda acreditada la existencia de un conflicto laboral, que se prolongó durante varios años hasta lograr minar el ánimo de la actora y causarle un trastorno ansioso-depresivo” y que “ante tal devenir de hechos permanecer impasibles indefinidamente y sin flaquezas exigiría una singular presencia de ánimo”.
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